¿Independencia o separación? ¡Esa es la pregunta!

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Concejo Municipal que en 1903 aprobó la independencia.

Por Dionisio Johson
Profesor de Historia y embajador de carrera diplomática (jubilado)

Desde hace mucho tiempo, sigo formulando la misma pregunta: ¿Por qué se afirma que lo sucedido el 28 de noviembre de 1821 fue una independencia y lo que se dio el 3 de noviembre de 1903 fue una separación?

Nunca me había decidido a expresar mi opinión y desagrado públicamente, sobre ese tema. Por fin, decidí hacerlo, impelido por un artículo del reconocido abogado Antonio Saldaña, publicado en un diario de la localidad, que lleva por título “1903, ¿independencia o separación”?, con quien me identifico plenamente.

Nuestra Academia Panameña de la Historia dictaminó hace décadas que lo sucedido en 1821 fue una independencia y lo acontecido en 1903, tan sólo una simple separación. Con el debido respeto que me merecen tan distinguidos y encumbrados académicos, debo manifestar que estoy totalmente en desacuerdo con ese dictamen. Y paso a explicarme.

El licenciado Saldaña ha tratado ese delicado asunto desde el punto de vista histórico. Yo quiero apoyarlo y, tal vez, ampliarlo, tratándolo desde el punto de vista de las relaciones internacionales.

Como bien cita él, en todos los pronunciamientos emitidos oficialmente por las autoridades de la época hablan de “independencia”, comenzando con el Acta de la sesión extraordinaria del Concejo Municipal, dada a las 9:50 p.m., el mismo día 3 de noviembre, que dice textualmente que Panamá “declara su independencia”.

“Independencia” es el término que quedó consignado en el acta que es el instrumento oficial y más representativo de lo sucedido, en horas del crepúsculo, en lo que conocemos como “Plaza de la Independencia” y no “Plaza de la Separación”. En ninguna parte aparece la palabra “separación” o “secesión”.

Panamá no se independizó de España en 1821 porque en ningún momento fue independiente, pues, como es sabido, inmediatamente se unió voluntariamente a la Gran Colombia sin ningún gozo de libertad y menos pudo disponer de su destino como país soberano. En cambio, insistimos, sí se independizó de Colombia porque de inmediato se inició un proceso de reconocimiento como Estado independiente y soberano por parte de otros Estados.

Asimismo, Panamá ingresó al concierto internacional de naciones. Los países amigos procedieron a abrir Embajadas o Legaciones en nuestro territorio y, a su vez, procedió a hacer lo mismo en el exterior. Es más, sólo un país independiente puede crear sus propios Ministerios como, en efecto se dio al crearse el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante el Decreto Ejecutivo No. 3 del 4 de noviembre de 1903.

De igual manera, fue creado el Ministerio de Gobierno, por medio del Decreto No. 14 de 9 de noviembre de 1903, por citar tan sólo dos de los cinco Ministerios que seguidamente fueron establecidos a través de la Ley No. 68 de 7 de junio de 1904. Esos Ministerios fueron Gobierno, Relaciones Exteriores, Hacienda y Tesoro, Educación y Obas Públicas.

¿Puede un país que no se haya independizado crear algún Ministerio? La respuesta, obviamente, es ¡NO!. Si Panamá se “independizó” de España, ¿Cuántos Ministerios pudo crear durante esa “independencia”? ¿Cuántos países reconocieron la “independencia” de Panamá? ¿Cuántas Embajadas fueron abiertas en nuestro “independiente país?

De acuerdo a lo universalmente aceptado dentro del consorcio de naciones que conforman la Organización de las Naciones Unidas, para que un territorio sea reconocido como Estado y pueda ingresar como miembro de ese organismo internacional debe poseer cuatro elemento esenciales, que son: población, territorio, gobierno y soberanía. Cuando Panamá se unió a la Gran Colombia en 1821, tenía territorio y población, pero no gobierno ni soberanía, por la sencilla razón de que era un simple Departamento más de Colombia y, como tal, no éramos sus iguales, sino sus dependientes, ya que habíamos quedado bajo la dependencia de su gobierno central.

Ante esa polémica, nuestro insigne compatriota el Dr. Ricardo J. Alfaro fue claro y preciso, al afirmar que la verdadera fecha de independencia de Panamá es el 3 de noviembre de 1903. Contrariamente, el reputado historiador Ernesto Castillero Reyes se inclina por la fecha del 28 de noviembre de 1821. Pero, con todo el respeto que se merece, discrepo de su opinión, lo mismo que con el texto de la Resolución del Concejo Municipal del año 1961.

Sostengo que la opinión del Dr. Alfaro, como internacionalista, ex ministro de Relaciones Exteriores, ex presidente de la República, como figura destacada en las Naciones Unidas, ex vicepresidente de la Corte Internacional de Justicia, entre otros méritos, prevalece por encima de cualquier otra opinión.

No quiero polemizar ni con uno ni con el otro, pero esta es mi opinión, que expreso en todo momento y lugar que venga a colación.

Debemos hacer énfasis en el significado de la palabra “independencia“, en vez de usarla por usarla. Veamos, en primer lugar, el significado de la palabra “independiente”. De acuerdo al diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, significa “que no depende de otro”, que es “autónomo”.

“Independencia”, a su vez, se refiere a la condición de un Estado que no es tributario ni depende de otro. Y, finalmente, “atonomía”. De la cual deriva la palara “atónmo”. Significa “estado y condición del pueblo que goza de entera independencia política”. Repito: “pueblo que goza de entera independencia política”. Y cuando Panamá se zafó del dominio de España, no fue independiente ni pudo gozar ni un instante de independencia por las razones que ya mencioné. El 3 de noviembre de 1903, en cambio, se concretó la independencia porque adquirió condición de Estado independiente con plena soberanía.

Como no dependo de nadie, por ser autónomo en lo que pienso, he expresado mi opinión con tal independencia por ser un ciudadano independiente.

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