Rolando Murgas Torrazza opina sobre las reformas a la Constitución

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Rolando Murgas Torraza, Constitucionalista

Por Ruben Murgas Torrazza
Redes sociales

La opinión de mi hermano Rolando Murgas Torrazza.

  1. La propuesta de la Concertación es insuficiente, superficial y con un enfoque de coyuntura, no de visión de un rediseño mirando hacia el futuro. Los ajustes al Organo Legislativo y el Judicial en el fondo no envuelven un fortalecimiento de ambos. Por eso, se soslayan aspectos fundamentales. Es obvio que la gente esperaba cambios más profundos
  2. No hubo ni antes ni despues un proceso de discusión amplia y participativa. Las discusiones en la Concertacion no permearon hacia la sociedad ni la gente se ha sentido parte de un proceso de transformacion constitucional.
  3. En el fondo, el Consejo de la Concertacion no puede considerarse como expresión de la mayoria de la sociedad. Incluso sus acuerdos no reflejan un consenso interno, pues en puntos cruciales hubo significativas disidencias.
  4. Una reforma constitucional requiere de un minimo de consenso social, producto de discusiones amplias y participativas. Eso no ha ocurrido, todo lo contrario, son reformas a la carrera e insustanciales.
  5. Fue un error politico que el Gabinete no hiciera una discusion reposada de la propuesta.
  6. Es absurdo que sin siquiera una norma que lo establezca con rango constitucional, se le dé a la Concertacion el enorme poder de hacer ternas para nombramientos de Magistrados. En el fondo se traslada la potestad del Ejecutivo y el Legislativo a quienes hegemonicen el Consejo; y encima quieren agregar a los Procuradores. Eso terminaria en una rebatiña para repartirse los puestos entre ciertos grupos de interés.
  7. El Tribunal Constitucional lo crean mutilado, con menos poderes en materia constitucional que los del Pleno de la Corte y la extinta Sala Quinta. Se restringe el ámbito de la accion directa de inconstitucionalidad, afectando la tutela judicial de los ciudadanos.
  8. El Tribunal Constitucional no conoceria de la accion de amparo, sino los tribunales civiles. Solo puede revisar lo que éstos decidan.
  9. El habeas corpus tampoco iría al Tribunal Constitucional.
  10. No hay una sola norma anticorrupción en materia de contrataciones públicas.
  11. Si en el contexto en que se maneja el tema se aprueba la reforma, se generaria una compleja situación politica. No parece politicamente viable insistir con tanta premura en este método de reforma.

 

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