Fallo judicial genera dudas sobre la igualdad en prima de antigüedad

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Trabajadores exigen el pago de la prima de antigüedad.

Por Alberto Velásquez
Periodista y relacionista público

Un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, orientado a la universalización del derecho a la prima de antigüedad para todos los servidores públicos, ha generado la impresión de que favorece principalmente a funcionarios de más alto rango, como presidentes, ministros y diputados.

La sentencia, que declara inconstitucional el artículo 1 de la Ley 241 de 2021 —que restringía a esos funcionarios el acceso a mencionado beneficio—, abre la puerta para que, a partir de ahora, puedan reclamar la prima de antigüedad sin importar el cargo que ocupen, aun cuando ya disfrutan de elevados salarios y múltiples prebendas.

Al resolver una demanda particular, los magistrados ampliaron el alcance del fallo, declarando inconstitucionales otros artículos de la misma ley. Asimismo, establecieron doctrina sobre lo que consideran la igualdad en el funcionariado público.

Según la Corte Suprema de Justicia, negar la prima de antigüedad a ciertos cargos constituía una discriminación, pues el tiempo laborado por cualquier servidor público tiene igual valor.

Sin embargo, esa visión de igualdad resulta incompleta si no se extiende a la revisión de los privilegios que distinguen a los altos funcionarios: exoneraciones de impuestos para la compra de vehículos, uso gratuito de teléfonos celulares y combustible, choferes y otros beneficios que elevan sustancialmente su calidad de vida frente a servidores públicos que apenas cubren las necesidades básicas de sus hogares.

La Corte podría recibir nuevas demandas que busquen precisar el alcance de esa igualdad que proclama. Conviene recordar que los servidores públicos pueden acceder a sus cargos por nombramiento o por elección popular. Estos últimos con períodos definidos, aunque con la posibilidad de reelegirse varias veces.

Mientras tanto, corresponde que ministros, alcaldes y directores generales que antes no reconocían la prima de antigüedad porque “no les tocaba”, paguen las deudas acumuladas y eviten conflictos que ya comienzan a registrar graves consecuencias al vulnerar un derecho adquirido.

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