Las fronteras marítimas y la  inoperante diplomacia panameña

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Isabel de Saint Malo. Vice presidenta de la República y Ministra de Relaciones Exteriores

Por José de la Rosa Castillo

Profesor de Relaciones Internacionales de la Universidad de Panamá.

A raíz de la publicitada reunión tripartita de los Presidentes de Colombia, Costa Rica y el Ecuador sobre el cierre de sus fronteras marítimas comunes entre los mencionados países en el Pacífico y por otro lado el sonado fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en relación con la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua en el mar Caribe (sentencia de 19 de noviembre de 2012), puso en  evidencia lo inoperante de la política exterior panameña, al no tener la menor idea de lo sucedido en sus fronteras marítimas del Pacífico y el Atlántico caribeño.

Observadores, académicos y conocedores del Derecho Internacional panameños, se han pronunciado al respeto señalando el manejo irreflexivo y el desconocimiento de preceptos y normas fundamentales del derecho internacional de sucesivos gobiernos. Primero, las desafortunadas  declaraciones  atribuidas a Ricardo Martinelli en momento en que se suscrribía una carta formulada por Colombia y respaldada por Panamá, Costa Rica y Jamaica para denunciar ante la ONU,  las supuestas pretensiones nicaragüenses  cuando dijo que: “parece ser que Nicaragua quiere tomar todos los océanos territoriales que le pertenecen a esos países” (11 de septiembre de 2013). Luego el gobierno de Juan Carlos Varela sobre el ‘cierre de fronteras marítimas” comunes de Colombia, Costa Rica y Ecuador en el Pacífico en comunicado oficial declara que le iban a solicitar a estos países la documentación correspondiente para verificar si este acuerdo entre los mencionados países “no tiene ninguna afectación para Panamá” (14 de septiembre de 2016), ante publicaciones aparecidas en diversos medios.

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Fronteras marítimas en el entramado marítimo caribeño

Panamá estableció sus límites marítimos con Colombia mediante Tratado  sobre Delimitación de Áreas Marinas y Submarinas el  20 de noviembre de 1976, toda vez que sus zonas marítimas son contiguas. Costa Rica y Panamá delimitaron sus fronteras marítimas mediante tratado de 2 de febrero de 1980. Colombia, Costa Rica, Nicaragua  y Ecuador son geográficamente nuestros vecinos próximos, pero solo con  los dos primeros  tenemos fronteras marítimas en el Pacífico y el Atlántico Caribeño.

El establecimiento de las distintas jurisdicciones marítimas contempladas en la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, da lugar a un complejo sistema de límites por parte de cada Estado ribereño, fundamentalmente, para la determinación de los límites del mar territorial, la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Los factores geográficos -localización y posición relativa- pueden obligar a tener que acordar con los Estados opuestos y/o adyacentes tales límites cuando se solapan entre sí. Esta casuística da lugar básicamente a dos tipos de fronteras: i) entre aguas/fondos marinos bajo soberanía nacional; ii) entre aguas /fondos marinos nacionales y alta mar/zona.

Las Fronteras Marítimas

Lo censurable del accionar de la Cancillería panameña podemos resumirla de la siguiente manera:

  1. El Gobierno ignora qué fronteras han acordado los tres vecinos y requiere  de documentos que le permitan salir de su ignorancia. Se enteraron por los medios de comunicación a pesar que, tal como señala Fernando Gómez Arbeláez: “ningún funcionario panameño sabía que lo desarrollado en Puerto Ayora fue el simple resultado de años de gestión diplomática, de negociaciones bilaterales sobre aguas marinas y submarinas en el Pacífico: Colombia y Ecuador (1975-2012), Colombia y Costa Rica (1984-2001) y Ecuador y Costa Rica (1985-2016). En este último proceso, el convenio definitivo fue firmado en abril de 2014 en Quito, siendo ratificado por la Asamblea Legislativa de Costa Rica en julio de 2015 y por la Asamblea Nacional del Ecuador en marzo de 2016. Pero, ¿nadie de nuestra Cancillería ni embajadas en San José y Quito se enteró oportunamente de estos hechos?…”
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Fronteras marítimas de Panamá con Colombia y Costa Rica Pacifico y el Caribe

Diplomacia disfuncional

  1. El fallo de la CIJ de 19 de noviembre de 2012 determinó las fronteras marítimas entre Colombia y Nicaragua al declarar en su sentencia “que acepta la demanda formulada por la República de Nicaragua en el punto: en el marco geográfico y jurídico constituído por las costas continentales de Nicaragua y de Colombia, el método de delimitación que se debe tener en cuenta consiste en trazar un límite que realice una división por partes iguales de la zona de la plataforma continental donde los derechos de los dos Estados parte se superponen”

LAS FRONTERAS Y DELIMITACIONES FRONTERIZAS

  1. La consecuencia para Panamá de esta sentencia es que la frontera común acordada con Colombia en 1976 queda anulada al hacerse “borrosa”. La CIJ excluyó la posibilidad de que allí exista una frontera colombo-panameña. Por tanto, Panamá debe negociar una nueva frontera marítima  tanto con Colombia como con Nicaragua.
  1. Que frente a estos hechos la diplomacia panameña no sabe todavía que hacer ni en el Pacífico y su entendimiento en lo que pasa en su Atlántico caribeño sufre de una inercia espantosa. Las fronteras son las que demarcan la soberanía y el territorio de un país. Delimita el territorio sobre el cual se ejerce  la soberanía, incluido su mar territorial, su plataforma continental y su zona económica exclusiva;  y la parálisis o falta de acciones diplomáticas pone en riesgo los intereses nacionales y deja mucho que decir de nuestras representaciones diplomática, que al no retroalimentar con información a la Cancillería, hemos dejado pasar estos hechos poco amistosos de nuestro vecinos contiguos al no considerar necesario informar al gobierno panameño de las motivaciones de sus arreglos fronterizos marítimos.

 

1 COMENTARIO

  1. Excelente planteamieno para q laas autoridades pañameña inicien una discusion del tema. Como es posible semejante facturad de nuesyro paises vecino

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