Prevaricato y violación de datos: los delitos por los que se investiga al presidente de Costa Rica

Estos delitos se relacionan con dictar resoluciones contrarias a la ley y con usar datos privados para beneficio propio o de un tercero.

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La Fiscalía General decomisó los celulares del presidente Carlos Alvarado. (Foto: Katya Alvarado).

Por Hulda Miranda
Semanario Universidad (Costa Rica)

El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, afronta una investigación penal por los delitos de prevaricato y violación de datos personales. Por esos mismos hechos, se investiga a su ministro de la Presidencia, Víctor Morales, y al viceministro de Planificación, Luis Daniel Soto.

Además, los tres asesores analistas de datos, Diego Fernández, Alejandro Madrigal y Andrés Villalobos; así como el exasesor legal Luis Eduardo Salazar, y la directora de despacho del presidente, Felly Salas, son investigados por abuso de autoridad y violación de datos personales.

El delito de prevaricato se castiga con prisión de dos a seis años y lo comete el “funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos”.

En este caso, ellos son sospechosos de firmar el decreto que creó la Unidad Presidencial de Análisis de Datos, a pesar de que “presuntamente conocían que infringían la ley”, detalló la Fiscalía General.

El delito de violación de datos personales lo comete quien “en beneficio propio o de un tercero, con peligro o daño para la intimidad o privacidad y sin la autorización del titular de los datos, se apodere, modifique, interfiera, acceda, copie, transmita, publique, difunda, recopile, inutilice, intercepte, retenga, venda, compre, desvíe para un fin distinto para el que fueron recolectados o dé un tratamiento no autorizado a las imágenes o datos de una persona física o jurídica almacenados en sistemas o redes informáticas o telemáticas, o en contenedores electrónicos, ópticos o magnéticos”.

La pena para ese delito es de uno a tres años de cárcel, aunque puede ser aumentada entre dos y cuatro años de prisión cuando lo realicen “personas encargadas de administrar o dar soporte al sistema o red informática o telemática, o bien, que en razón de sus funciones tengan acceso a dicho sistema o red, o a los contenedores electrónicos, ópticos o magnéticos”.

También si la información vulnerada corresponde a un menor de edad o incapaz o si las conductas afectan datos que revelan la ideología, la religión, las creencias, la salud, el origen racial, la preferencia o la vida sexual de una persona.

Mientras que el delito de abuso de autoridad se da cuando “el funcionario público, que, abusando de su cargo, ordenare o cometiere cualquier acto arbitrario en perjuicio de los derechos de alguien”. Este se pena con prisión de tres meses a dos años.

Durante los allanamientos realizados el viernes, la Fiscalía decomisó computadoras y teléfonos celulares, incluidos los del mandatario.

La investigación está a cargo directamente de la fiscala general, Emilia Navas, y la Sala Tercera actúa como juez de garantías. Esto debido a que entre las personas investigadas hay miembros de los supremos poderes, para quienes existe un procedimiento especial de juzgamiento por estar cobijados con inmunidad. (Vea recuadro aparte).

El exfiscal general Francisco Dall’Anese Ruiz (período 2003-2010), quien es uno de los abogados denunciantes de ese caso, consideró que, aunque el presidente derogó el decreto que creó la UPAD apenas cinco días después de su publicación, esto no elimina la posibilidad de que se cometieran delitos.

“Eso es como pretender que alguien se roba algo y, cuando lo descubren, devuelve la plata. El robo se consumó, la actitud posterior a la comisión del delito significaría un punto a favor del imputado a la hora de fijar la pena, si es que lo condenan”, argumentó.

“Aquí no hay arrepentimiento activo ni nada de lo que han dicho otros colegas, porque eso se da, por ejemplo, cuando usted pone una bomba y tiene que esperar a que explote, pero antes de que explote usted se arrepiente y hace lo necesario para que no explote, de manera que logra que el resultado no sobrevenga. En el caso del prevaricato, el resultado ya había sobrevenido, ya estaba emitida la resolución ilegal, y ya estaba el fraude de ley y se había actuado con abuso de autoridad”, añadió Dall’Anese.

El abogado indicó que los tribunales determinarán si se actuó con dolo (conocimiento y voluntad), lo cual sería necesario para que se configuren los delitos.

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