Paso Canoas: Crónica de una muerte anunciada

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Venezolanos intentando regularizar su estatus migratorio.

Por Zaritma Simon
Especialista en migraciones

Cientos de extranjeros (venezolanos principalmente) se encuentran varados en Paso Canoas, el puesto fronterizo de Panamá con Costa Rica. El motivo de esa concentración humana, según han señalado las autoridades migratorias panameñas, es que esas personas incumplen requisitos oficiales para ingresar al territorio nacional.

Los extranjeros afectados por la medida, aducen que son víctimas de arbitrariedades por parte de funcionarios del Servicio Nacional de Migración (SNM), quienes les impiden el ingreso a Panamá, pese a que cumplen los requisitos exigidos y disponen de documentos de identificación. La falta de una respuesta adecuada empieza a generar una crisis humanitaria en esa localidad limítrofe.

Ante esa realidad, es necesario advertir las recurrentes malas políticas migratorias que alcanzaron situaciones extremas en la pasada y actual administración gubernamental. Entre esas prácticas cuestionables figura una decisión que promueve que los “turistas” extranjeros salgan de Panamá (a veces por horas) para sellar su pasaporte y luego vuelvan a ingresar, para gozar de seis meses adicionales de “turismo”, y poder completar un año de estadía en el país sin salir por más de un mes. Esas son las reglas impuestas por las autoridades migratorias locales, para aplicar el Decreto 167, antes denominado “Crisol de Razas”.

Tras un examen de la conflictiva situación en el área limítrofe con Costa Rica, es necesario formular una pregunta clave: ¿Quién tiene la razón en ese caso? La respuesta es que cada país es soberano de establecer sus políticas migratorias y los requisitos para la entrada y salida del territorio, pero es allí donde radica el problema.

La norma vigente indica que los extranjeros pueden estar en Panamá hasta 90 días con visa de turismo y hasta 180 días aquellos nacionales de países con acuerdo de supresión o exención de visa (la mayoría), pero no menciona nada sobre si ese es el tiempo máximo al año o no, por lo que es normal la práctica de permanecer en el territorio seis meses y luego salir para regresar por seis meses más, y mantenerse en ese nivel hasta la regularización de su estatus.

¿Está bien que ocurra esa situación ante la vista del mundo? A todas luces, la respuesta es ¡No! Algunos cuestionarán: ¿Es legal? Aunque parezca increíble, ¡Si lo es! Pero también es legal la potestad de las autoridades de decidir quién ingresa y quién no, a suelo panameño.

Sin embargo, es imposible sostener en el tiempo esa medida, sin una modificación de la normativa migratoria y la derogación de los Decretos 167 y 168, debido a que en el futuro ese ingreso de migrantes no será a través de la frontera, sino por otros puertos de entrada a Panamá, mientras Estados Unidos construye muros para contener el paso de migrantes latinoamericanos a su territorio.

La migración es buena y es un derecho, pero criminalizarla por malas políticas migratorias, viola los Derechos Humanos. Al final de cuentas, todos ellos reúnen los requisitos básicos de ingreso y están en esa condición en espera de cumplir la materia legal prevista en el Decreto 167 y 168. La oposición oficial a la derogación de ambos Decretos parece más un negocio que otra cosa.

Habrá que ver cómo reaccionan las autoridades de Costa Rica ante la migración restringida que induce a un intenso debate en el ámbito jurídico internacional y en la esfera de los Derechos Humanos.

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