No al cambio de la Constitución… sin pensarlo bien

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María Eugenia López, magistrada presidenta de la Corte Suprema.

Por Olga Herrera

En los últimos años, múltiples sectores en Panamá se han manifestado a favor de un cambio constitucional, incluso, de una asamblea constituyente (que significaría una nueva Constitución).

Es importante destacar que en varias campañas presidenciales esa ha sido una de las consignas recurrentes, pero no un objetivo alcanzado desde el último cambio constitucional en 2004, realizado a través de la aprobación en dos Asamblea Legislativas (la saliente y la entrante).

Me pregunto qué debemos cambiar en el texto de la Carta Magna vigente, y quiénes serían los responsables de dichos cambios. Pero, después de haber leído el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, en el que se detalla cada una de las faltas en los artículos afectados, se me incrementa más la inquietud sobre el futuro político en Panamá.

Los artículos descritos en el fallo judicial y explicados en detalle, muestran una esencia constitucional que preserva el derecho a la vida y el bienestar de todos los ciudadanos en los aspectos que le afectan. Es posible que haya algunos artículos que deban ser modificados, pero habría que abordar cualquier cambio con lupa, y verificando los intereses particulares de los que claman por ellos.

Creo que ese fallo no solamente ha afectado lo que se pretendió conseguir, que significaba declarar la inconstitucionalidad del contrato minero. En realidad, el pronunciamiento de los magistrados va más allá de lo imaginado. Si lo leemos con gran detenimiento, aflorarán inconstitucionalidades diarias, no sólo por parte del gobierno, sino por parte de muchos ciudadanos.

Cómo ejemplo ilustrativo, destaco el artículo 119 de la Constitución Nacional, que indica:

”El Estado y todos los habitantes del territorio nacional tienen el deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas”.

Los ciudadanos que reclaman derechos fundamentales, participaron en una lucha que potencia este artículo constitucional. Creo que ha sido cumplida una importante misión, pero detengámonos a pensar un poco en el mismo y en las responsabilidades colaterales que ello implica.

Los invito a leer en forma rigurosa y estudiar el fallo emitido por la Corte Suprema, que tiene muchas lecciones entre líneas que vale la pena explorar.

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