La Federación Nacional de Servidores Públicos de Panamá (FENASEP) rechazó a través de un comunicado el anuncio oficial de aplicar descuentos a aquellos funcionarios que devengan sueldos superiores a 1.000 dólares mensuales, y calificó esos intentos de “perturbantes” e “imprudentes”.
Debido a su contribución al debate sobre las medidas económicas analizadas para enfrentar la crisis acelerada por la actual pandemia de Coronavirus (Covid-19), Bayano digital reproduce el texto del comunicado de la FENASEP.
En relación con las perturbantes e imprudentes declaraciones ofrecidas en los noticieros estelares de viva voz por el Presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, en el sentido de aplicar descuentos a los/as trabajadores/as del sector público, con la finalidad de crear un FONDO SOLIDARIO, para mitigar los efectos que viene causando a la población la pandemia global (COVID-19) la Federación de Asociaciones y Organizaciones de Trabajadores del sector Público, (FENASEP) responsablemente expresa su posición firme, vertical y jurídica sobre este inconsulto e irreflexivo anuncio, señalando que:
- Los/as trabajadores/as del sector público han sido inhumanamente tratados desde el inicio de este periodo gubernamental con despidos masivos e injustificados, irrespetando el fuero maternal, las normas que amparan a los/as trabajadores/as con enfermedades crónicas y degenerativas (ley 59), la ley de carrera administrativa, entre otras normas laborables que rigen el sector público.
- Que la medida anunciada ha sido totalmente inconsulta y temeraria, dejando entrever total desconocimiento de las normas jurídicas laborales de rango constitucional, leyes formales, y convenios internacionales suscritos por Panamá y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establecen el principio de irrenunciabilidad de derechos reconocidos a favor del trabajador.
En tal sentido, el artículo 71 de nuestra Carta Magna y el Artículo 8 del Código de Trabajo, son claros en señalar que son nulas las estipulaciones que impliquen la renuncia o disminución de los derechos de los/as trabajadores/as. Adicionalmente, la Ley 92 de 1974, desde hace más de 40 años, dispone cómo se deben hacer las deducciones a los funcionarios. No se pueden afectar los salarios, sino es por orden judicial, cuando se trate de obligaciones en materia de pensiones alimenticias.
- Que numerosos trabajadores del sector público ya han aportado su grano de arena al combate de la pandemia, al igual que trabajadores/as del sector privado, quienes a inicios del año fueron castigados por sus patronos con el salario mínimo más bajo de la historia, desde la creación de la Comisión Nacional de Salario Mínimo.
- Que a los/as trabajadores/as del sector privado les han suspendido sus contratos para que se vayan casa sin derecho a cobrar, y se les ha anunciado que les entregarán un bono solidario que no llena las expectativas y una bolsa de productos que no alcanzan para una familia promedio, beneficiando a empresarios de no pagar, cuando ellos pudieron haberlo hecho, antes de esa situación extrema, las vacaciones, horas extras, días por enfermedad, etc.
- Es por ello, que la FENASEP rechaza las pretensiones del Gobierno Nacional de querer imponer descuentos a los/as trabajadores/as del sector público en el tramo de mil balboas en adelante, cuando a quienes lo primero que se debió llamar a practicar la solidaridad era a quienes más ganan salarios y reciben gastos de representación, comenzando por el Administrador de La Autoridad del Canal de Panamá, Ministros de Estado, Diputados, Comisionados de la Policía Nacional, Directores Nacionales, los Administradores Generales de Instituciones Públicas, entidades autónomas y semiautónomas, entre otros.
- Por lo anteriormente expuesto, la FENASEP insta al Sr. presidente, a buscar mejores alternativas como la que le hemos recomendado en el punto 5 y que comprenda que si quiere crear un fondo solidario contra el CORONAVIRUS o alguna otra calamidad futura, el Gobierno Nacional debe hacerlo en cumplimiento de las leyes formales y en estricto apego a nuestra Carta Magna, respetando el Principio de irrenunciabilidad laboral, que no hace distinción entre el trabajador público y privado, y que además, reconoce la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La solidaridad es voluntaria y no obligante, como lo dejó entrever en su discurso al país el presidente Laurentino Cortizo, el pasado 31 de marzo.
¡UNA FENASEP UNIDA JAMÁS SERÁ VENCIDA!