¿Es la Ley 407 la solución?

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Magistrado de la Corte Suprema de Justicia bajo la lupa.

Por Rafael García Denvers
Coordinador de Vanguardia Torrijista

Para ofrecer una respuesta a esa pregunta, deberemos recordar que la moratoria es un alto momentáneo. No es una prohibición permanente y, además, aunque suene mal, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no es precisamente confiable en sus fallos y actuaciones jurídicas.

La velocidad del trámite sobre el conflicto minero y la posible salida de un fallo judicial, ante las demandas de inconstitucionalidad, por parte de la CSJ, van a estar en relación directa con la presencia militante del pueblo en las calles de Panamá para ejercer presión en procura de Justicia

La moratoria reclamada por diversos sectores, es sólo un alto, en cualquier momento una ley trasnochada o un ”camarón” (engaño) en los tramites legislativos. Hace falta revisar, actualizar y cambiar las leyes y el Código de Recursos Minerales vigente, para poner orden en la minería de todo tipo.

Al ser la moratoria un alto temporal y no una prohibición tajante, se abre el espacio del tiempo para evaluar, poner orden y normar la actividad minera en este país. Sin embargo, ello debe ser una acción sin margen alguno que provoque el olvido de las exigencias patrióticas de la nación panameña.

El planteamiento anterior, delineado en el ámbito gubernamental,  no incluye, en forma explicita y clara, qué ocurre con las concesiones ya autorizadas y deja abierta la situación de Minera Panamá, S.A. Esa situación obliga a los movimientos sociales a no soltar el tema hasta tanto no tenga un final jurídico concreto y definitivo.

En el caso de llegar a puntos claros respecto a todo lo señalado, recordemos que las leyes en este país no son garantía de equidad. Hay que estar vigilantes para que al ser declarada inconstitucional la ley 406, sea ejecutado correctamente el fallo. Recordemos que la mina explotada por Minera Panamá, S.A., ha funcionado sin contrato ni documento que la legalice tras un fallo previo de la CSJ.

Es necesario impedir que ese precedente de ilegalidad se repita. Luego del fallo de inconstitucionalidad emitido por la CSJ, los panameños deben estar atentos a qué surgirá en la ejecución del plan de cierre y estabilización en la minera. Para ello, es menester tomar en cuenta el derecho de los trabajadores contratados en la mina y de las comunidades afectadas por los abusos y la contaminación de la minería a cielo abierto.

Si la CSJ produce una salida extraña al conflicto minero, tendremos que volver a las calles hasta retornar a un verdadero Estado de Derecho, en el que el pueblo sea el soberano.

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