El Laboratorio de Recursos Minerales: una mentira sin recursos

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Personal en un laboratio.

Por: Sergio Sánchez Silvera
Periodista
sserfoto@gmail.com

(Tercera Parte)

En dos artículos anteriores, logramos demostrar sin mayores esfuerzos, en forma inequívoca, que el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) no tiene las condiciones técnico-administrativas ni científico-técnicas para dirigir la minería en Panamá.

De igual manera, existe la necesidad de que Panamá iguale a los Estados de Centroamérica (El Salvador, Costa Rica y Honduras), declarados “países libres de minería metálica a cielo abierto”. Así surge la necesidad de que el personal de la Dirección de Recursos Minerales sea ampliado para cumplir eficientemente el control de las minas no metálicas que funcionan en este momento y aquellas que se encuentren en proceso de ser aceptadas para su explotación.

Las negociaciones para lograr un nuevo contrato con la Minera Panamá, establecida en Donoso, empezaron entre el 1 de septiembre de 2021 y el 18 de enero de 2022. Ese proceso fue encabezado por el MICI. Para concretar ese paso, se llamó a varios sectores del país y así se inició el “Diálogo Minero de Yo con Yo”, según lo describieron acertadamente los periodistas.

La plataforma para el diálogo fue confeccionada mediante una investigación in situ por la agencia canadiense (IGF) Intergobernmental Forum on Mining Minerals, Metals and Sustentaible Development, que elaboró un informe de 69 páginas sobre MPM (marco de políticas mineras) en Panamá. También contribuyó en el levantamiento el International Institute for Sustentable Development, también de Canadá. El estudio lo pagó el gobierno de Canadá, lo que tiene lógica, ya que el Estado canadiense ha recibido en impuesto de la minera First Quantum, unas 50 veces más que Panamá.

El documento “Evaluación del Marco de Políticas Mineras Panamá, 2020” fue usado como base para los diálogos dirigidos a obtener un nuevo contrato con Minera Panamá. Se evalúo la situación de la minería en el país y entre otras cosas, se hizo un FODA en el que pretendió señalar las fortalezas y debilidades del marco minero existente. No sorprenden las debilidades del diagnóstico, sobre todo en lo referente a la cuestión ambiental y las debilidades económicas que para el país significan los artículos del CDRM que entregan la riqueza mineral de Panamá a consorcios extranjeros. Algunos Artículos fueron incorporados en el Código Minero a través de 27 reformas introducidas en su texto en años recientes.

Pretendemos señalar algunas omisiones siniestras y elementos pasados por alto al confeccionar el FODA y que, en nuestro concepto, invalidan el estudio totalmente. En el susodicho documento no se hace alusión al bono fiscal por 6.700 millones de dólares que la minera sostiene que se gastó en instalarse y quedar en condiciones para empezar operaciones. Esa cifra, excesivamente alta, debió ser sopesada por el gobierno para determinar cómo y cuándo se pagaría o simplemente no hacer nada. Ese costo parece dudoso, pues otras minas de igual tamaño que la de Donoso cuestan menos, por ejemplo, la Quellaveco, que pronto comenzará la producción de cobre en Perú, y que producirá 300.000 toneladas de cobre al año, y que siendo de igual producción que la de Donoso, apenas costó 4.100 millones de dólares. En fin, ese bono garantiza que a nuestra nación no le toque un centavo, pues nunca se amortizará esa deuda, de forma que cuando se termine el mineral, Panamá le quedará debiendo a la minera.

No aparecen como debilidades en la guía para el nuevo contrato una serie de artículos del CDRM, que son tremendamente lesivos al interés nacional. Notorio es el Artículo 234 del CDRM, que dice textualmente: “En la explotación de recursos naturales no renovables, se admitirán deducciones por agotamiento”. Esto quiere decir que el Estado acepta dejar de cobrar hasta el 50% de los impuestos de un año porque el mineral que queda al final del período es menor que al principio del año, debido a la extracción.

De esta manera, se regala a la minera hasta el 50% de los impuestos, por un agotamiento que es lógico y desde el inicio se sabía que así ocurriría por ser un recurso no renovable. En el Artículo 80 del CDRM, ya mencionado en la segunda parte de estas entregas, tampoco se detalla como una debilidad en el FODA. Ese mismo Artículo 80, se refiere al muestreo de lo que la mina produce. Si inspectores del LDRM, quienes tienen que certificar cualitativamente y cuantitativamente esa producción no son los que toman las muestras, entonces toda esta información provendrá de la minera, por lo que es imposible certificar las cantidades del metal que salen del país.

Esperar que la empresa minera envíe al laboratorio las muestras es un error muy tonto. La minera enviará lo que quiera que los químicos vean. Se hace necesario que inspectores del MICI tomen muestras de cada embarque, que valoren lo que sale del país y emitan una factura de lo que se están llevando. Quedan varios puntos lesivos al interés nacional en los que no profundizo aquí por motivos de espacio. Con ltos ejemplos mencionados basta para demostrar las aseveraciones referentes a la inviabilidad de un nuevo contrato, teniendo como guía el estudio de IGF. La corrección de las partes más lesivas del Código, las que podrían hacer viable desde el punto de vista económico el que a Panamá le toque, aunque sea una migaja, fueron obviadas por el estudio de IGF. Las cláusulas del CDRM más onerosas al interés nacional no fueron tocadas y ni siquiera descritas como debilidades en el mencionado FODA, por lo que se especula que tampoco serán rectificadas en el nuevo contrato.

Aclarado esto, se puede concluir que el diálogo de yo con yo fracasó, y que el estudio de IGF no contribuyó a mejorar las motivaciones económicas que justifiquen el tener una mina tan peligrosa en el país. El estudio realizado pretende ser muy completo, pero no abordó los puntos que hagan posible los beneficios derivados de la explotación. Esos puntos dejados fuera de las negociaciones del nuevo contrato, invalidan todo lo actuado. Desde el punto de vista ecológico, la minería a cielo abierto es contraria a la vida y desde este punto referencial, esa mina no debe existir.

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