Por Sergio Sánchez Silvera
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Periodista
(Segunda Parte)
La Dirección de Recursos Minerales (DRM) del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), de Panamá, es una ficción. No cuenta con la organización técnica administrativa, ni con los recursos científicos y técnicos para los cuales ha sido supuestamente creada.
La primera parte de este artículo, la dedicamos a demostrar cómo la DRM del MICI carece de la estructura administrativa para regir la minería en este país. Lo demostramos a través de la estructura de personal y dejamos para los expertos en Ciencias de la Administración el análisis de los otros aspectos administrativos, los cuales ratificasen la afirmación.
De ninguna forma fue nuestra intención intención pedir que se aumentara el personal, ni la mejora de sus condiciones laborales para que funcionen adecuadamente a beneficio de la minería metálica. En realidad, la minería metálica no debe existir en este país. Abogamos porque Panamá siga el camino trazado por El Salvador, Costa Rica y Honduras, y declare al territorio nacional “País Libre de Minería Metálica a Cielo Abierto”. De igual manera, el gobierno debería tener un laboratorio adecuado y responsable para el control de los recursos minerales.
El Código de Recursos Minerales (CDRN) ha sufrido 27 modificaciones a través de las que se anexaron partes del muy aberrante contrato de Petaquilla, S.A., sin corregir nada de las malas cláusulas que hay en el CDRM. A continuación, son detalladas dos malas cláusulas que no han sido corregidas en esas modificaciones. En el Capítulo 1, de Objetivos de la Minería, no se prevé que al Estado, ni a los ciudadanos, nos confieran beneficios de la explotación minera.
Sumado a ello, en el Capítulo Séptimo, Artículo 80, se especifica textualmente: “Las muestras minerales serán, en la medida de lo posible, de suficiente tamaño para permitir que los empleados autorizados puedan tomar pedazos de las mismas. Las concesionarias deberán enviar a la Dirección de Recursos Minerales partes de las muestras que esta solicite”. Se desprende del texto de este Artículo, que el pedido de la muestra es casi a ruego, “en la medida de lo posible”. De igual manera, quien determina la naturaleza y tamaño de la muestra es la concesionaria, enviará “partes de las muestras que ésta solicite”.
Cualquiera supondría que el MICI, a través del LDRM, monitorea acuciosamente los minerales que salen del país a través del puerto de Punta Rincón, o por vía aérea. Nada más alejado de la realidad. En la DRM no queda siquiera una factura de la riqueza que se llevan en metales. Desde el punto de vista legal, el CDRM no lo contempla. Por ello, no se hallará ningún método para una real fiscalización o control de lo que en las minas ocurre.
En el tema minero, el descontrol por parte del Estado es total. No existen protocolos de supervisión. No se supervisan las obras civiles, no supervisan los hechos ambientales, por lo que no hay diagnóstico ambiental. Tampoco son supervisados los registros contables. Las obras de depósitos de los áridos y las gangas no han sido vistas por el Estado. La supervisión médica es ineficiente, mientras que la supervisión de lo que se embarca es imaginaria.
Durante la sindemia causada por el COVID 19, no fue posible que viéramos el laboratorio de la DRM y como nunca tuvimos respuesta del MICI a las preguntas que formulamos, se tomará como base el panfleto suministrado en la recepción de dicho laboratorio. Resalta, en primer lugar, que entre los equipos enumerados en el panfleto no se menciona la existencia de un aparato para la difracción de RX, ni de difracción por fluorescencia. Ello sugiere que los geólogos hacen sus análisis petrográficos con una lupa en sus manos.
El panfleto en cuestión muestra una lista de servicios divididos en pruebas físicas (% de humedad, granulometría, etc.), análisis químico (óxidos totales, análisis de cementos, análisis de oro y plata, análisis elemental de cobre, zinc, etc.) análisis químico de aguas superficiales (pH, dureza, oxígeno disuelto y 12 pruebas más); afirman tener desde 2009 la acreditación de la norma técnica DGNTI-COPANIT ISO/IEC 1725. Esos servicios son ofrecidos a la comunidad nacional.
¿Qué porcentaje se dedica a servicio al público y cuánto a la observación y seguimiento de la industria minera?
Según el panfleto, el laboratorio realiza pruebas químicas de (Fe2O3 oxido de hierro III, SiO3 óxido dw silicio III, AlO3 oxido de aluminio, CaO óxido de calcio, MgO óxido de magnesio, Na2O oxido de sodio, SO3 trióxido de azufre, K2O óxido de potasio, SO3/S azufre libre, P fosforo, I yodo) y en el análisis de cementos se repiten los mismos cationes (metales). Realizan también análisis de trazas por metodología de absorción atómica, análisis de metales preciosos mediante ensayo al fuego con determinaciones gravimétricas y espectrométricas y análisis geoquímico de (Pb, Mg, Cu, Mo y Ni). En total, los elementos metálicos que se analizan son once: hierro, silicio, aluminio, calcio, magnesio, sodio, potasio, plomo, cobre, molibdeno y níquel.
Cabe resaltar que no se realizan análisis de los metales de la familia del platino, metales entre los que destacan por su alto precio, el rodio (18.750 US $ / OZ) y el paladio (2.358 US $ / OZ), no sin decir que el precio de los otros miembros de la familia, el rutenio (625 US $ / OZ), el renio (2.750 US $ / OZ) el osmio(334,0 US $ / OZ), el iridio (5.100 US $ / OZ) y el platino (977 US $ /OZ), como se deja ver estos metales tienen precios hasta mil veces por encima del cobre (12,86 US $ / OZ). Tampoco se analizan los metales del grupo de las tierras raras, como el escandio, itrio, lantano, cerio, praseodimio, neodimio, prometio, samario, europio, gadolinio, terbio, disprosio, holmio, erbio, tulio, iterbio, y lutecio. A ello, hay que sumar los metales tantalio y niobio vitales «para la fabricación de celulares».
En el panfleto, sólo figuran como metales valioso el oro y la plata. Deja claro que el laboratorio del MICI sólo ha buscado en las muestras que les envían desde las minas como valiosos el oro ( 1.943.17 US $ / Oz) y la plata (23.46 US $ /Oz), ya que son los únicos que menciona como metales preciosos. ¿Qué decir del gran valor de los metales de la familia del platino de las tierras raras y muchos otros metales importantes por su valor y que se destaca en el párrafo anterior? No hacer estos análisis, es regalar las riquezas de Panamá para que países desarrollados sean cada vez más ricos a costillas del patrimonio nacional. Es un deber del laboratorio decir qué minerales y cuánto de cada uno de ellos sale en el embarque. Es deber del MICI, garantizar que el laboratorio cumpla esas tareas.
Es en extremo absurdo que personal del MICI no fiscalice cada embarque de mineral que sale del país. Las muestras deben ser tomadas por unidades del laboratorio, utilizando técnicas acreditadas y adecuadas de muestreo, mediante un protocolo estandarizado de comprobada eficiencia por su uso en otros Estados mineros. Entonces, el laboratorio debe dictaminar el valor del mineral que será exportado y formalizarlo en una factura. En el actual sistema, las muestras que llegan al laboratorio son escogidas por la minera. Ese modelo le garantiza a la compañía decidir cuánto pagará al Estado, ya que no rige ningún control eficiente en campo.
El LDRM es el designado veedor y fiscalizador de los metales que salen del país luego de ser extraídos de las minas. El hecho de que no posea los métodos y equipos de análisis, es una irresponsabilidad de quienes administran y han administrado al MICI. Panamá debe ser el único país de América que no tiene interés en conocer y establecer dominio sobre sus recursos minerales. ¿Cómo es posible que una empresa sea la responsable de la minería y no el Estado? Es inconcebible que el Estado no tenga protocolos de muestreo y embarque sobre el pago del mineral extraído y exportado.
Sería muy fácil saber cuántas muestras se analizan mensualmente en el laboratorio, a través de una auditoría de los gases (acetileno, hidrogeno, oxigeno, óxido de nitrógeno y argón), que se han gastado en el período. De igual manera, se puede estimar por la cantidad de agua regia y reactivos químicos que han sido aplicados en el período.
Urge establecer controles químicos adecuados, para que el LDRM pase a ser garantía de una correcta supervisión, nombrar inspectores para la minería no metálica y que el Estado obtenga algún beneficio económico de esa minería, ya que lo percibido es insuficiente para sostener a la DRN, que debería ser autosostenible.
La premisa inicial de este enfoque (ver el encabezado), es que el Laboratorio de Recursos Minerales en Panamá no tiene los recursos para atender las demandas que el sector minero del país requiere. Este laboratorio es una ficción, al carecer de fondos para el desempeño riguroso de sus operaciones.
Sobre la base de los dos artículos reproducidos en fecha reciente en este medio, se puede llegar a conclusiones muy interesantes: 1. La minería metálica no debería existir en Panamá y, 2. Las rondas de conversaciones para concretar un nuevo contrato minero en la República, no arrojan nada bueno para la nación.
CORRECTO—NUESTRA RIQUEZA …AGUA..MINERALES…PUERTOS—–PANAMA PUENTE DEL MUNDO Y CORAZON DEL UNIVERSO—-VIENE —CAMBIAN SU MONEDA A DOLAR–INVIERTEN UN DOLAR Y SU GANANCIA ES 0.98 CENTAVOS POR DOLAR—-PARA PANAMA SOLO .02 CENTAVOS——-Y LA SALUD-EDUCACION-SEGURIDAD-Y DEMAS DESARROLLO SOCIAL CAMINANDO COMO UNA TORTUGA——
Lo expuesto por el profesor Sánchez es todo un escándalo. Hay que denunciar esta situación que constituye en esencia la venta de las riquezas minerales del país sin las respectivas medidas de supervisión, como resultado del desgreño administrativo, por una parte, o por la entrega de nuestras riquezas por un sector del gobierno sospechosamente a cambio de algo.
Y mientras todo esto ocurre, intentaron vender la idea de que parte de las ganancias de la explotación de los minerales servirían para amortiguar déficits en programas de seguridad, para dorar la píldora de un desventajoso acuerdo minero.