El Decreto No. 130 y el sueño americano

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El Decreto No. 130 tiene estrechos vínculos con el FATCA.

Por Cristal Lawson
Abogada

¿Alguna vez nos hemos preguntado si el Decreto Ejecutivo No. 130 de 2017 afecta a los extranjeros que tengan propiedades en Panamá? La respuesta es sí, sin lugar a dudas. Hay que recordar que las fincas o propiedades existen independientemente de la persona que las posea, y que las mismas generan sus propios impuestos. El impuesto de inmuebles es un tema delicado, ya que no discrimina sexo, raza, religión o clase social.

Llama mucho la atención que el Ministerio de Economía y Finanzas publicó en su página web el texto del Decreto Ejecutivo No. 130 en inglés. Esto me hizo preguntarme, ¿Por qué han publicado el texto en inglés, si el idioma oficial de Panamá es el español? Luego, pensé: “debe ser que como en Panamá hay muchos extranjeros decidieron publicarlo en ese idioma”. Pero, de ser así ¿por qué no publicarlo en chino, griego, italiano y todos los otros idiomas de las comunidades extranjeras que habitan este país hace años y seguramente tienen propiedades en Panamá? La respuesta es que, seguramente, ese texto está dirigido a los ciudadanos y residentes de los Estados Unidos de América que mantienen propiedades en la República de Panamá.

En el caso muy particular de dichas personas, ellos se encuentran obligados a declarar todos los activos que mantengan fuera del territorio de los Estados Unidos de América, ya que deben pagar impuestos en base a esos activos, sin importar si residen o no en el lugar. Muy curiosamente, en el 2010, el presidente Varela (entonces canciller de la República), firmó un acuerdo con el gobierno de los Estados Unidos para la cooperación impositiva y el intercambio de información relacionada a los impuestos (TIECA), en el cual, los gobiernos de ambas naciones se obligan proveer asistencia a través del intercambio de toda información que sea relevante a la administración y al cumplimiento de las leyes de los países relativas a impuestos federales o nacionales (de acuerdo al caso), e incluir información que pueda ser relevante para la determinación, tasación, cumplimiento y recaudación de impuestos de personas sujetas al acuerdo. Consecuentemente, en el 2016, se firma un nuevo acuerdo para la obtención de información financiera de los ciudadanos y/o residentes de ambos países (FATCA), utilizando como base el texto firmado en 2010. El nuevo acuerdo obliga a todas las instituciones financieras a declarar de manera oficiosa a las autoridades (DGI/ IRS) la información de sus cuentahabientes y sus respectivas cuentas, siempre que los mismos sean sujetos regulados por el acuerdo.

Con la publicación del Decreto No. 130 en inglés, parece que la intención del gobierno panameño es notificar a los ciudadanos y/o residentes estadounidenses que poseen propiedades en Panamá, que una vez se realicen las actualizaciones al valor catastral de sus propiedades, dicha información será proporcionada al gobierno de los Estados Unidos de América en cumplimiento de los acuerdos suscritos. Sin embargo, hay que tomar en cuenta que con los procedimientos establecidos en el Decreto No. 130, se podrá cruzar la información declarada al Estado panameño con la información proporcionada a las entidades financieras, y la información declarada al gobierno de los Estados Unidos de América.

Se presume que el Decreto No. 130, más que una reglamentación de leyes preexistentes, ha sido una movida del gobierno panameño para congraciarse con el gobierno de los Estados Unidos de América, previo a la Visita del presidente Varela a Washington, ya que es muy lindo llegar con regalos y poder decir: “Estoy haciendo todo lo que está a mi alcance para aumentar mi recaudación y, consecuentemente, la tuya”.

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